“…Esta Cámara determina que no es cierto que no se haya resuelto el punto alegado por el apelante con relación al principio de congruencia que estimaba violentado, pues según el casacionista los hechos acreditados eran distintos a los acusados, sin embargo, la Sala al realizar el análisis confrontativo, constató que no ocurrió tal circunstancia, pues los hechos acreditados se desprendieron de toda la prueba aportada al proceso y que fueron los mismos hechos que constituyeron la plataforma fáctica presentada en la acusación. Se concluye que la Sala de Apelaciones sí dio respuesta a todos los puntos expuestos en el recurso de apelación especial, especialmente al punto que giró en torno al principio de congruencia…”